Trámites
PERMISO DE DESCARGA DE AGUAS RESIDUALES
La Secretaría de Economía y la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) en su carácter de Instituciones socialmente responsable promueven conjuntamente la eficiencia, eficacia, rapidez y transparencia en la presentación y atención de los trámites que se ofrecen a la ciudadanía. Es por ello que mediante el portal de apertura rápida de empresas del Gobierno Federal www.tuempresa.gob.mx se ofrece la posibilidad de realizar este trámite en línea. La CONAGUA tiene la atribución legal de administrar y preservar las aguas nacionales y como consecuencia de ello alcanzar su uso sustentable; labor que sin duda es de gran impacto para asegurar el desarrollo económico y social de la Nación.
La obligación legal a cargo de los gobernados para tramitar el Permiso de Descarga de Aguas Residuales se regula en los artículos 21, 21 BIS, 24 primer párrafo, 88 primer párrafo, 89, 90 y 94 BIS de la Ley de Aguas Nacionales; así como los artículos 29, 30, 31 y 138 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales; los artículos 3, 15, 15-A fracción III de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, artículos 3° y 192 fracciones II y III de la Ley Federal de Derechos y la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEMARNAT-1996.
Al obtener el permiso de descarga de aguas residuales, el usuario podrá descargar permanente o intermitentemente aguas residuales en cuerpos receptores (incluyendo aguas marinas), terrenos que sean bienes nacionales o en otros terrenos a través de los que se puedan contaminar el subsuelo o los mantos acuíferos, dicho permiso se podrá prorrogar por igual término, siempre y cuando cumpla lo establecido por la Ley de Aguas Nacionales.
Mediante el uso de las tecnologías de la información este trámite se agiliza y se facilita para el ciudadano, al poder llevar a cabo su registro desde cualquier punto conectado a Internet, al mismo tiempo que reducen costos de operación para el ciudadano.
El ciudadano al realizar su trámite debe efectuar el pago de derechos correspondiente, para el permiso de descarga de aguas residuales el pago será por la cantidad de $4, 214.14, de conformidad a lo establecido por el artículo 192 fracción II de la Ley Federal de Derechos.
Nota: el monto del pago de derechos se actualiza anualmente conforme a las reformas que se publiquen en la Ley Federal de Derechos.
Éste trámite puede ser realizado por el Representante Legal de la empresa que realice las siguientes gestiones a través del portal www.tuermpresa.gob.mx:
1. Seleccione el trámite CONAGUA – Solicitud de permiso de descarga de aguas residuales.
2. Acepte los términos y condiciones para la presentación y gestión del trámite.
3. Seleccione el botón Agregar para generar un nuevo folio de trámite y posteriormente seleccione la liga Iniciar trámite.
4. El sistema despliega un iFrame donde se solicita al usuario que ingrese su firma electrónica FIEL.
5. Introduzca sus datos generales, seleccione la entidad federativa y el municipio donde se ubica el aprovechamiento. Haga clic en el botón Agregar trámite.
Los datos requeridos por CONAGUA son:
1) Datos generales
a. Denominación o Razón Social
b. RFC
c. Representante Legal
d. Teléfono
e. Correo electrónico
2) Domicilio de Origen
3) Domicilio de Notificación
4) Referencia de pago
5) Descargas
a. Tipo de descarga
b. Domicilio donde se realizan las descargas
6. Cargue en el sistema los documentos requeridos por CONAGUA (deberán ser digitalizados previamente).
* Archivo Constitución Servidumbre
* Archivo Croquis Descarga
* Archivo Croquis Procesos
* Archivo Estudios Laboratorio
* Archivo Insumos
* Archivo Medidas Reuso
* Archivo Memoria Técnica
* Archivo Procesos Tratamiento
7. Presente electrónicamente la solicitud de su trámite a través del portal tuempresa.gob.mx haciendo clic en el botón Enviar.
8. El sistema emitirá un acuse de recibo.
9. Una vez dictaminada la solicitud de permiso de descargas de aguas residuales, el usuario podrá descargar el documento con la resolución de CONAGUA.
CERTIFICADO DE CALIDAD DEL AGUA
Los sistemas de abastecimiento de agua potable para uso y consumo humano que deberán solicitar la certificación correspondiente son:
1.- Sistemas de abastecimiento de tipo privado, consistentes en las instalaciones de los pozos de agua, para este tipo de sistemas se deberá solicitar certificado de la calidad del agua y certificado de la condición sanitaria del pozo, en caso de que el agua solo se pretenda utilizar para usos industriales, para riego de jardines y para cualquier uso siempre y cuando no sea utilizada para uso o consumo humano, solo deberá solicitarse el certificado de condición sanitaria del pozo.
2.- Sistemas de abastecimiento tipo público, consistentes en las instalaciones del organismo operador de agua de una población abierta.
Para realizar el trámite deberán ingresar solicitud de certificados en el formato “otros trámites”, incluyendo la información requerida y el Pago de derechos correspondiente.
CONSECIÓN PARA EL APROVECHAMIENTO DE AGUAS SUPERFICIALES
Es objetivo fundamental de la Comisión Nacional del Agua administrar y preservar las aguas nacionales y como consecuencia de ello alcanzar su uso sustentable. Labor que sin duda es de gran impacto para asegurar el desarrollo económico y social de la Nación.
La Gerencia de Servicios a Usuarios, las Direcciones Locales y los Organismos de Cuenca se encargan de otorgar concesiones de aguas nacionales, instrumento jurídico que funge también como una herramienta para administrar el agua, ya que a través del título se concesiona o asigna la explotación, uso o aprovechamiento del recurso, y sólo se otorga cuando existe disponibilidad del mismo.
CONSENSO PARA EL APROVECHAMIENTO DE AGUAS SUBTERRÁNEAS
Trámite CNA-01-004 La Comisión Nacional del Agua (Conagua) es la única institución facultada para administrar y custodiar las aguas y bienes nacionales, así como preservar y controlar su calidad en los términos que establece la Ley de Aguas Nacionales (LAN) y su
Reglamento. La concesión de aprovechamiento de aguas subterráneas se obtiene a través del trámite CNA-01-004, inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios (RFTS).
Modalidad A General
Cuando se requiera explotar, usar o aprovechar aguas nacionales del subsuelo.
Modalidad B Con requerimiento de manifestación de impacto ambiental
Cuando el aprovechamiento sea para uso agrícola con más de 100 hectáreas, acuícola y para el uso de agua que tenga como n la desalinización y para todas las asignaciones.
Documentación
• Llenar y presentar en original y copia las solicitudes Datos Generales y la de Servicios
CNA-01-004 Concesión de aprovechamiento de aguas subterráneas y sus anexos, o mediante un escrito que contenga la información señalada en dichos formatos o bien por medios electrónicos.
Solicita gratuitamente los formatos en los Centros Integrales de Servicios (CIS) o Ventanillas Únicas (VU) de la Conagua.
Para obtenerlos vía Internet ingresa a la página www.conagua.gob.mx, menú principal, Trámites y servicios, submenú Servicios de Atención a Usuarios del Agua, apartado Nuestros servicios, opción Trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios, en esa página puedes descargar el anexo:
Datos generales del solicitante, la Solicitud de servicios de cada trámite y consultar el cartel Plazos de respuesta y cuotas por derechos de expedición.
• Presentar identificación oficial vigente con fotografía y firma, si se trata de persona física. Y en el caso de persona moral: acta constitutiva, poder notarial e identicación oficial vigente con fotografía y firma del representante legal.
• Conocimiento de obligaciones fiscales.
• Aceptación para que la Autoridad utilice medios electrónicos en la atención de trámites.
Favor de verificar que las copias de cada uno de sus documentos sean legibles.
Entregar la documentación señalada en la solicitud de Servicios:
• Acreditar la propiedad o posesión del predio en donde se localiza o localizará el aprovechamiento.
• Acreditar la propiedad o posesión de las superficies a beneficiar (sólo uso agrícola).
• Croquis de localización del aprovechamiento.
• Memoria técnica.
• Documentación técnica que soporte la solicitud.
• Manifestación de impacto ambiental (sólo para la modalidad B).
• Comprobante del pago de derechos.
Al ingresar la solicitud de la Concesión de aprovechamiento se podría requerir, en su caso, un Permiso de descarga de aguas residuales o un Permiso para realizar obras de infraestructura hidráulica, debiéndose entender que cada uno requiere de un pago distinto. La documentación solicitada por igual para cada trámite se presentará en una sola ocasión y no se requiere ingresarla por duplicado.
Información adicional
Sólo para uso agrícola. Al solicitar la concesión de aguas subterráneas no se necesitará tramitar, al mismo tiempo, el permiso de descarga de aguas residuales, si en el escrito acepta la obligación de sujetarse a las Normas Oficiales Mexicanas o a las condiciones particulares de descarga que correspondan a lo dispuesto en el Art. 96 de la LAN.
Los estudios y proyectos a que se refiere el Art. 21 Bis de la LAN, se sujetarán a las normas y especificaciones técnicas que en su caso emita la Conagua.
El beneficiario se obliga a pagar regularmente y en su totalidad las contribuciones fiscales que se deriven de la expedición del título respectivo y que pudieran derivarse de la extracción, consumo y descarga de aguas concesionadas, así como los servicios ambientales que correspondan. Asimismo, aceptará la obligación de las consecuencias fiscales y de vigencia del título respectivo, que se expida en su caso, derivadas del incumplimiento de las obligaciones de pago referidas.
En las zonas de riego y en aquellas de contaminación extendida o dispersa, el manejo y aplicación de sustancias que puedan contaminar las aguas nacionales superficiales o del subsuelo, deberán cumplir con las normas, condiciones y disposiciones de la LAN y su Reglamento.
Costo
La tarifa correspondiente al trámite CNA-01-004 se establece en el Artículo 192 Fracc. I de la Ley Federal de Derechos.
Ingresa al Sistema Declar@gua para obtener la línea de captura y poder pagar los derechos de servicios de trámite en cualquier sucursal o en el portal de Internet de los bancos autorizados:
El trámite no tiene costo para los usuarios que se dediquen a actividades agrícolas o pecuarias, el uso doméstico que se relacione con estas actividades y las localidades rurales iguales o inferiores a 2,500 habitantes.
PERMISO PARA REALIZAR OBRAS DE INFRAESTRUCTURA HIDRAULICA.
Le permiso debe presentarse a la autoridad municipal y a Conagua para realizar cualquier obra hidráulica en proyectos de abastecimiento, es importante que se manejen adecuadamente los datos que se otorguen en el documento, en el cual se describe el tipo de obra hidráulica, y presentar todos los documentos en tiempo y forma.
CERTIFICACION DE PRODUCTO SUJETO A CUMPLIMIENTO DE LAS NOM’S
Esta sección tiene por objeto describir el proceso de certificación. Es aplicable para evaluaciones iníciales, de vigilancia y renovación. Los fabricantes, importadores y comercializadores que estén interesados en obtener la certificación de sus productos, sujetos al cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas:
NOM-001-CONAGUA-1995,
NOM-002-CONAGUA-1995,
NOM-005-CONAGUA-1996,
NOM-006-CONAGUA-1997,
NOM-008-CONAGUA-1998,
NOM-009-CONAGUA-2001,
NOM-010-CONAGUA-2000,
NOM-013-CONAGUA-2000
Procedimiento.
A. Normas Oficiales Mexicanas NOM-001-CONAGUA-1995, NOM-002-CONAGUA-1995 y NOM-013-CONAGUA-2000.
El interesado deberá presentar el trámite CONAGUA-02-004 “Certificación de Productos sujetos a Cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas NOM-001-CONAGUA-1995 y NOM-002-CONAGUA-1995 del Sector Agua” que puede ser consultado en la Sección Trámites y Servicios - Trámites que puedes realizar, ubicado en la página principal de este portal.
En dicho trámite se requiere que presente un informe de evaluación que lo puede obtener de alguno de los Organismos de Certificación de Productos siguientes:
· Centro de Normalización y Certificación de Productos, A.C.
Blvd. Toluca No. 40-A, Col. San Andrés Atoto, Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., C.P. 53500, Tel.: (55)53587992 y (01)(55)53587066, Fax: (01)(55)53587101, correo electrónico: cncp@cncp.org.mx
· Certificación Mexicana, S.C.
Retorno 13 de Jesús Galindo y Villa No. 14, Col. Jardín Balbuena, México, D.F., C.P. 15900, Tel.: (01)(55) 26 43 12 12, 57 86 05 05, 26 43 15 81 correo electrónico: certimex@prodigy.net.mx
· Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y Edificación, S.C.
Calle Ceres No. 7, Colonia Crédito Constructor,Delegación Benito Juárez, C. P. 03940, México, D.F.Conmutador y Fax: 01 (55) 5663-2950, correo electrónico: onncce@mail.onncce.org.mx

TRAMITES ELECTRONICOS
Nota: Para utilizar el sistema de Tr@mites Electrónicos es necesario tener actualizada la aplicación de Java.
La Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece en su artículo 69-C la posibilidad de que los particulares realicen promociones, solicitudes o presenten documentos a través de medios de comunicación electrónica, empleando en sustitución de la firma autógrafa, medios de identificación electrónica con el mismo valor probatorio.
En este sentido, la CONAGUA ha desarrollado una plataforma tecnológica para facilitar los trámites, sin la necesidad de hacer múltiples filas en diversas ventanillas, ahorrando tiempo y costos.
El Tr@mite Electrónico permite ingresar de manera fácil y segura las solicitudes a través de Internet, y brinda seguridad y certeza jurídica en el manejo de los datos personales. Para utilizar el Tr@mite Electrónico es necesario contar con la Firma Electrónica Avanzada (FIEL), la cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa.
El sistema es amigable, cuenta con campos sencillos de capturar y se pueden adjuntar los documentos digitalizados requeridos para atender el trámite y formalizar la solicitud mediante la FIEL.
Si en la localidad no es fácil el acceso a Internet o no se cuenta con una computadora para ello, se puede acudir a cualquiera de los Centros Integrales de Servicios (CIS), Ventanillas Únicas (VU) y/o Coordinadores Estatales de las Unidades de Riego. El personal de la CONAGUA apoyará para que se realicen los trámites electrónicamente con la misma agilidad y rapidez.
El Tr@mite Electrónico es una opción más que brinda la CONAGUA para que los ciudadanos ingresen su solicitud por este medio si así lo desean, o bien, se puede realizar el trámite acudiendo personalmente a las oficinas de esta Institución.
Los trámites que actualmente se pueden realizar por Internet son:


DECLAR @AGUA
Estimado contribuyente, si generaste a través del anterior sistema Declar@gua tu declaración correspondiente al primer trimestre del ejercicio fiscal 2014 por los conceptos de Aguas Nacionales o Cuerpos Receptores de Aguas Residuales, te informamos que ya puedes presentar en el nuevo sistema Declar@gua la declaración complementaria, para lo cual, debes seguir alguno de los siguientes procedimientos;
Recuerda que el cálculo del monto a pagar por concepto de los derechos en comento lo debiste realizar con base en las disposiciones de la Ley Federal de Derechos vigente para 2014.
1. Si consideras que determinaste los montos correctamente:
• Ingresa al Sistema Declar@gua
• En el paso número 4 “Información general de la declaración”, selecciona en el “Tipo de declaración” la opción “Normal” correspondiente al primer trimestre del ejercicio 2014.
• Captura todos los datos solicitados por el sistema de acuerdo al concepto correspondiente (Aguas Nacionales o Descargas de Aguas Residuales).
• En el campo de observaciones deberás señalar lo siguiente:
“Esta declaración tiene el carácter de complementaria número 1 y corresponde a la declaración que se presentó a través de la versión anterior del sistema Declar@gua el día ____, con número de folio _______, correspondiente al primer trimestre del ejercicio fiscal 2014 por concepto de derechos de __________ y que generó un importe a pagar por la cantidad de $_______.”
• Se obtendrá una cantidad a pagar y se generará una línea de captura, la cual no tendrás que pagar, toda vez que ya efectuaste el pago a través del anterior sistema.
• Una vez presentada tu declaración, la conciliaremos con el pago que efectuaste a través del anterior sistema. El RFC, el periodo declarado, el concepto declarado y el monto pagado en el anterior sistema y el mostrado en la línea de captura por el nuevo Sistema Declar@gua debe coincidir y posteriormente aparecerá en el estatus de la misma, la leyenda “PRESENTADA”.
2. Si consideras que tienes una diferencia a cargo por pagar, deberás:
• Ingresa al Sistema Declar@gua anterior, en la liga:
• Realiza una declaración complementaria que corrija a la normal que presentaste, con la finalidad de que el monto a pagar sea el correcto, generes la línea de captura por el saldo pendiente y realices su pago.
• Una vez efectuado el pago, realiza el procedimiento señalado en el punto número 1; en el campo de observaciones de la declaración en el nuevo sistema Declar@gua señala lo siguiente:
“Esta declaración tiene el carácter de complementaria número 2 y corresponde a la declaración normal y a la complementaria que se presentaron a través de la versión anterior del sistema Declar@gua, los días ____ y ____, con números de folio _______ y _______, respectivamente, correspondientes al primer trimestre del ejercicio fiscal 2014 por concepto de derechos de ___________ y que generaron importes a pagar por las cantidades de $_______ y $________, que suman un monto de $___________.”

ENERGÍAS RENOVABLES
Se identifican una serie de recomendaciones para los desarrolladores que facilitarán los procesos y gestiones para los proyectos a partir de energías renovables, que tienen como objetivo agilizar y mejorar la coordinación de las gestiones interinstitucionales y con el propio promoverte del proyecto.
Trámites principales para el desarrollo de proyectos a partir de fuentes renovables de energía.
